Ante la falta de firma autógrafa, la impresión de Internet de una transferencia electrónica bancaria no debe valorarse como una copia simple o un documento privado, sino que constituye la impresión de la información generada vía electrónica y, en consecuencia, tiene la naturaleza de descubrimiento de la ciencia, cuyo valor probatorio queda al prudente arbitrio del juzgador. Tesis: I.12o.C.68 C (10a.) Tribunales Colegiados de CircuitoGaceta…
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