La administración de nombres de dominio, aunque parezca una tarea sencilla, suele ser el origen de muchas controversias sobre los mismos. A continuación encontrarás sugerencias básicas que te ayudarán a que tu proceso de administración de nombres de dominio no te genere dolores de cabeza.
- Si tu no eres quien administra directamente tu(s) nombre(s) de dominio, genera un contrato con quien tenga esta tarea, no importa si es empleado o un tercero. Una buena parte de los “secuestros” de nombres de dominio se llevan a cabo por ex-empleados de IT, ex-diseñadores web o ex-proveedores de hosting, que una después de tener alguna diferencia o dejar de trabajar para alguien, deciden mantener secuestrados los nombres de dominio de quien los contrato, solo por venganza o inclusive para obtener algún lucro indebido. El problema para recuperar estos nombres de dominio es que la mayoría de las veces no existe evidencia específica de que el secuestrador fue contratado previamente para registrar y/o administrar dichos nombres de dominio. Para evitar estos inconvenientes, celebra siempre un contrato sencillo con tu proveedor (o inclusive con tu empleado), o que el mismo imprima en el concepto de la factura correspondiente que el pago fue por el registro específico del nombre de dominio “www.tumarca.com”. Lo importante, es que ya sea en el contrato o en la factura, aparezca textualmente el nombre de dominio cuyo registro y/o administración se está contratando.
- Verifica tan seguido como puedas que el nombre de dominio está a nombre de tu empresa. Las bases de datos “whois” son públicas, por lo que en cualquier momento podrás cerciorarte de que el nombre de dominio esta bajo tu nombre o el de tu empresa. No te creas cuentos de tu administrador, registrar el nombre de dominio a tu nombre no tiene costos adicionales y no existe inconveniente alguno para hacerlo. Además, si estás pagando por ello, ¿no es lo justo y lo correcto que el nombre de dominio este a tu nombre? Legalmente, el “Contacto Registrante” es quien tiene todos los derechos y la titularidad de un nombre de dominio.
- En la medida de lo posible, evita que el “control informático” de tu nombre de dominio este en manos de terceros. La mejor manera de evitar “secuestros” no deseados, es que tu mismo controles los nombres de usuario y contraseñas que administran los nombres de dominio ante NIC México o el Registrar correspondiente.
- Se precavido cuando termines relaciones con tu proveedor o empleados, si ellos son los que administran tus nombres de dominio. En caso de una terminación laboral (empleado) o contractual (proveedor), asegúrate de que mantienes el control informático de tus nombres de dominio. Lo ideal es que celebres un acuerdo o convenio de terminación en donde tu empleado o proveedor, no solo haga la “entrega jurídica” de tus nombres de dominio, sino que también se comprometan a no usar el nombre de tu empresa y tus marcas como nombres de dominio en la red.
- Mantente informado de posibles avisos y noticias de tu Registrar. Casi todas las entidades que otorgan registros de nombres de dominio (Registrars) tienen mecanismos de comunicación con sus clientes, normalmente a través de boletines enviados por correo electrónico. Si no recibes estos boletines o noticias de tu Registrar, podrás perderte avisos importantes, tales como (i) el vencimiento de tu nombre de dominio o (ii) la apertura de nuevas categorías de nombres de dominio que pudieren interesarte registrar.
Si pierdes tu nombre de dominio por una mala administración, tal vez mañana tengas que pagar $5, $8 o $10 mil dólares para recuperarlo. Peor aún, si no tienes una marca y no tienes evidencias de que pagaste a tu ex-empleado o ex-proveedor por el registro del nombre de dominio, tal vez nunca lo podrás recuperar.
Abogado Digital desde 1996. Presidente Fundador de la Academia Mexicana de Derecho Informático, A.C. (2001). Socio Director de Lex Informática Abogados, S.C. Profesor de Posgrado de la Universidad Panamericana Campus Guadalajara desde 2001. Profesor del ITESM, INFOTEC y UDLAP Jenkins Graduate School. https://JoelGomez.Abogado.Digital. Sígueme en Twitter: @AbogadoDigital.