Es necesario que de la evidencia criptográfica generada con motivo del envío de demanda de amparo indirecto se advierta indubitablemente que la firma electrónica certificada (FIREL) le pertenece.

Tesis: I.1o.A.39 K (10a.)Tribunales Colegiados de CircuitoGaceta del Semanario Judicial de la FederaciónLibro 57, Agosto de 2018, Tomo IIIDécima Época Pag. 2679 / 2017524 / 7 de 41Tesis Aislada (Común) DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO PRESENTADA VÍA ELECTRÓNICA. PARA ESTIMAR SATISFECHO EL PRINCIPIO DE INSTANCIA DE PARTE AGRAVIADA, CUANDO EL QUEJOSO PROMUEVE EL JUICIO POR SU PROPIO DERECHO, ES NECESARIO QUE DE LA EVIDENCIA CRIPTOGRÁFICA GENERADA…

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